La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado nuevas restricciones para la importación de productos desde Brasil, Uruguay y Chile, debido a la significativa diferencia de precios a favor de estos países. A partir de enero, ciertos productos no podrán ingresar a Argentina y quedarán bajo control de la Aduana.
Productos prohibidos
Según el apartado “Ayuda sobre viajeros” en el sitio oficial de ARCA, los productos que no se pueden ingresar a Argentina incluyen:
- Material arqueológico y cultural
- Mercadería con finalidad comercial o industrial
- Estupefacientes
- Armas y explosivos (salvo con autorización del Anmac)
Además, en la sección “Preguntas frecuentes” se aclara que tampoco se pueden importar mercaderías que no constituyan equipaje; inflamables; mercaderías de importación prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, sanidad animal y vegetal; y bienes sujetos a otras prohibiciones o restricciones de carácter no económico. Los productos que integran el equipaje y deben pasar por controles sanitarios solo serán liberados con la previa autorización del organismo competente.
Productos permitidos sin pagar impuestos
Los viajeros pueden ingresar ciertos bienes sin pagar aranceles de importación, como ropa y objetos de uso personal usados, una computadora portátil (tipo notebook o tablet) y un teléfono celular, así como libros y periódicos para uso del viajero. También están exentos del pago de tributos los artículos declarados antes de salir del país.
Franquicias y límites
Quienes salgan del país podrán ingresar objetos comprados en el exterior por un importe igual o inferior a la franquicia establecida, que será mensual y no acumulable:
- Vía terrestre o fluvial: hasta 300 dólares en equipaje. No hay franquicia en el free shop de llegada, excepto en Puerto Iguazú, que será de 500 dólares.
- Vía aérea o marítima: la franquicia es de hasta 500 dólares en equipaje, más otros 500 dólares en el free shop de llegada.
La utilización de cada franquicia es individual y no se puede compensar con la de otra persona. Si el valor del objeto a ingresar supera los montos mencionados, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Solo se puede utilizar una franquicia de forma conjunta cuando los viajeros constituyan un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados). Para viajeros menores de 16 años, los valores se reducen en un 50%.